27 julio 2020

TODO ACERCA DEL RETIRO DEL 10% DE TU AFP.


¿Cuánto puedo retirar?

La Ley permite el retiro de hasta 10% de los fondos ahorrados. Se establece que el mínimo a retirar será 35 UF (aproximadamente $1.000.000) y el máximo 150 UF ($4.300.000). Si un afiliado tiene menos de 35 UF, podrá retirar el total del fondo ahorrado en su cuenta.

¿Hasta cuándo se puede retirar el 10% de la AFP?

El plazo para realizar la solicitud de retiro es de 365 días desde el 30 de julio de 2020, fecha en que la Ley se publica en el Diario Oficial. Es decir, si un afiliado no necesita hacer el retiro de forma inmediata, tendrá plazo de un año para hacerlo.

¿Quiénes pueden retirar el 10% de la AFP?

Todas las personas que tengan saldo en su cuenta de capitalización individual pueden acceder al retiro. Esto incluye a los pensionados por vejez, invalidez o sobrevivencia. Además, este es un retiro universal, es decir, que todos los afiliados en las AFP, sin exclusión, pueden optar a esta alternativa. Esto considera a los trabajadores, tanto del sector público como del privado y tanto a los chilenos como extranjeros.

¿Cómo será el proceso de retiro?

El afiliado debe ingresar una solicitud de retiro en la web de la AFP a la que está afiliado. Los afiliados que no sepan en qué AFP están, pueden consultarlo en la Superintendencia de Pensiones o Chile Atiende solo con su RUN. En la solicitud de retiro, el afiliado debe indicar sus datos personales, el monto que desea retirar y la modalidad de pago (transferencia a la Cuenta 2, a su cuenta bancaria, cuenta de Caja de Compensación, o vale vista). Los  trabajadores extranjeros que no tengan su RUN definitivo podrán solicitar el retiro con el NIC (Número Identificatorio de Cotización) junto a su clave de AFP. Dos días hábiles después de realizar esta solicitud, los afiliados recibirán una respuesta de aprobación o rechazo por parte de su administradora. La solicitud podría no ser aprobada si la persona no está afiliada a la AFP o no tiene saldo en su cuenta individual. En caso de ser aprobada, los solicitantes recibirán el pago de la primera cuota por el 50% del monto total del retiro en 10 días hábiles desde la solicitud. En tanto, la segunda cuota será pagada 30 días hábiles después del primer pago.

¿Todos los montos se pagarán 50% y 50%?

Pese a que la reforma permite retirar en 2 cuotas, todos los pagos de retiros hasta 35 UF se harán en una sola cuota.

¿A través de qué medio se podrá retirar el 10%?

En una primera fase, el proceso será digital y los afiliados deberán solicitar su retiro a través de la página web de la AFP, solo con su RUN y el número de serie del carnet de identidad.

¿A partir de cuándo se puede solicitar el retiro?

Podrás hacer tu solicitud para retirar el 10% a partir del jueves 30 de julio. Es necesario esperar a que la ley sea publicada en el Diario Oficial.

¿Necesito clave de seguridad para el proceso?

No. El proceso online de solicitud de retiro no requiere clave para realizarlo. La clave solo será necesaria para verificar la identidad de los extranjeros que aún no tienen RUN definitivo.

¿Me cobrarán algo por realizar este trámite?

El trámite es 100% gratuito para todos los afiliados. Además, los afiliados que opten por recibir su 10% en la Cuenta 2 no pagarán comisión por la administración de este monto.

¿Debo pagar impuestos?

El dinero retirado de la AFP no paga ningún tipo de impuestos o comisiones. El monto no será objeto de retención o descuento salvo en el caso de adeudar pensión de alimentos o compensación económica de divorcio, en ese caso el monto adeudado será retenido y la AFP lo traspasará al demandante.

¿Dónde depositarán los fondos?

El pago se hará vía transferencia a una Cuenta de Ahorro Voluntario (Cuenta 2), a una cuenta bancaria o de Caja de Compensación, para lo que el afiliado deberá informar el número y tipo de cuenta además del nombre de la entidad que la administra. El afiliado también podrá optar por el pago mediante un vale vista nominativo para ser cobrado en una entidad financiera.